CEDULA DE NOTIFICACIÓN
Bialet Massé, 21 de agosto de 2026
Por la presente se notifica que, conforme a la Ordenanza 1625/25 y Decreto 068/26, se dispone la ejecución de la Obra de Cordón Cuneta en calle Rivadavia, entre Av Cárcano y Av General Paz, cuyos frentistas están obligados al pago de Tasa de Contribución por Mejoras.
Según establece el Art 4º de la Ord 1625/25, se podrá abonar de la siguiente forma:
a) Contado con descuento del 15%.
b) Tres cuotas con el 5% de descuento.
c) Seis cuotas sin interés
d)Doce cuotas con un interés del 40% anual.
e) A partir de Doce cuotas el Departamento Ejecutivo queda facultado a determinar cantidad de cuotas, tomando como referencia el porcentaje de interés del Inciso d)
f) Pago Espontáneo, 10% de descuento adicional al Inciso a)
Se comunica el Decreto 068/2026 a los fines de su conocimiento:
VISTOS…
Y CONSIDERANDO…
DECRETA:
DECRETO N° 68/2026
ARTICULO 1°: DISPÓNGASE la ejecución de la calle Rivadavia, entre Av. Carcano y Av. General Paz.
ARTICULO 2°: APLÍCASE en los términos del Art. 2º de la Ordenanza 1625/25, el sistema de Contribución por Mejora de Pago Obligatorio, a los frentistas titulares registrales, siendo el costo de Pesos Noventa Mil Ciento cincuenta y seis ($90.156) el metro lineal de frente.
ARTICULO 3º: APLÍCASE la modalidad de pago prevista en el Art. 4° de la Ordenanza 1625/25 a los fines de la amortización del costo de la obra por parte de los frentistas, debiendo los mismos suscribir la modalidad de pago seleccionada dentro de los diez (10) días corridos de notificados sobre la finalización de la obra, caso contrario se procederá como si fuera de pago único, no pudiendo acceder a los descuentos previstos.
ARTICULO 4º
Considérese Pago Espontáneo, según lo establecido en el Inciso f) del Art 4º la Ord. 1625/25, el que se realizare dentro de los diez (10) días corridos desde la fecha del cierre del Registro de Oposición.
ARTÍCULO 5°: ESTABLÉZCASE la apertura del Registro de Oposición a la obra dispuesta en el artículo 1°, para que los Titulares Registrales puedan formular su oposición a la misma. El citado Registro quedará abierto en la sede Municipal por el término de tres (3) días hábiles: 26, 27 y 28 de agosto del corriente año en el horario de 7:30 a 13:00 horas.
ARTÍCULO 6°: DETERMÍNASE que cerrado el Registro de oposición en la fecha establecida en el Art. 4°, y no mediando una oposición superior al Cuarenta por ciento (40%) de frentistas titulares registrales, se tendrá por aprobada la obra, y se dará inicio dentro de los treinta (30) días subsiguientes a la ejecución de la misma.
ARTÍCULO 7°: PROCÉDASE a notificar el presente Decreto y apertura del Registro de Oposición a cada frentista beneficiario y obligado al pago, por intermedio de la Secretaría de Gobierno, debiendo dejarse constancia de notificación en forma fehaciente, esto es, mediante Notificación firmada como recibida por el frentista o en la Página oficial de la Municipalidad, o en Transparente municipal o a través de la Plataforma de Ciudadano Digital (CIDI) o Boletín Oficial de la Provincia. Siendo cualquiera de estas opciones válidas.
ARTICULO 8º: IMPÚTESE a las partidas corrientes del Presupuesto Vigente.
ARTICULO 9°: EL presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno. –
ARTICULO 10°: COMUNÍQUESE Publíquese, Dese al Registro Municipal y Cumplido Archívese.
Se le recuerda que el Registro de Oposición se encontrará abierto a partir del día miércoles 26, jueves 27 y viernes 28 de agosto en el horario de 7:30 a 13:00 hs. en Mesa de Entrada del Edificio Municipal.
Para mayor información comunicarse al te 3541 635908 (Solo WhatsApp) o al mail rentasbm00@gmail.com
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO